Las mujeres con hijos podrán sumar todos estos años de cotización: así de fácil lo solicitas

Muchos españoles, llegados a cierta edad, en estos momentos se están planteando la merecida jubilación. Ahí es donde precisamente juega un papel fundamental la pensión que vamos a recibir a lo largo de los próximos años.
Como ya sabréis de primera mano, todo ello es algo que afecta de manera directa tanto a hombres como mujeres, aunque hay ciertas situaciones en las que se encuentra una determinada desigualdad. Por ejemplo, aquí se da el caso de todas aquellas mujeres que en su momento fueron madres y que se vieran en la obligación de interrumpir sus labores profesionales para cuidar de sus hijos.
Pues bien, parece que ahora la situación está mejorando para ellas en este instante. Básicamente con esto lo que os queremos decir es que, a partir de ahora, las mujeres con hijos podrán beneficiarse de las denominadas cotizaciones ficticias de las que os hablaremos a continuación. Con estas lo que se pretende es compensar las mencionadas interrupciones laborales originadas en el pasado. En concreto, hablamos de aquellas situaciones que se dieron, o bien por el nacimiento de los hijos, o por su cuidado durante años.
En estos momentos la Ley General de la Seguridad Social permite añadir cotizaciones ficticias si se encontraron en esta situación, todo a la hora de recibir su pensión de jubilación. Ambos supuestos que os hemos mencionado servirán a las madres para incrementar su base reguladora, que es precisamente la que se usa para calcular el importe de la pensión. En el supuesto de nacimiento, permite además sumar días de cotización para alcanzar el periodo mínimo exigido y recibir esa pensión de jubilación.
Requisitos para recibir esta cotización ficticia si tienes hijos
Y es que debemos tener muy presente que aquellas mujeres que quieran recibir esta cotización si tuvieron hijos en su momento, deben cumplir una serie de requisitos. Para empezar os diremos que para que se reconozca este beneficio, no se puede haber trabajado ni cotizado durante las 16 semanas posteriores al parto. Esto se traduce en que se debe haber interrumpido la actividad laboral sin disfrutar del permiso de maternidad, tras el nacimiento o adopción.

Por otro lado, en el caso de la jubilación, todo ello se debe producir dentro del periodo de carencia para optar a la pensión correspondiente, es decir, dentro de los 15 años anteriores al momento de solicitarla. Llegados a este punto cabe mencionar que el periodo computable como cotizado será como máximo de 270 días por hijo. Al mismo tiempo, solo uno de los progenitores se podrá beneficiar de esta cotización denominada ficticia.
Llegados a este punto os diremos que, si cumplimos con los requisitos exigidos y que os hemos mencionado, solicitar esta prestación ficticia para sumar hasta 5 años de cotización por los hijos, es muy sencillo. Esto es algo que podremos llevar a cabo de manera cómoda desde casa a través de la propia web de la Seguridad Social. Por ejemplo, podemos cumplimentar los datos exigidos a través de este enlace, donde incluso podemos solicitar una cita previa para pedir más información.